Donaciones en vida o dejar una herencia: cuál es la mejor opción

Donaciones en vida o dejar una herencia: cuál es la mejor opción

Una de las recomendaciones más comunes que realizan los abogados es la redacción de un testamento, que le permita expresar cuáles son sus últimas voluntades, antes de morir; sin embargo, esta es una determinación que, a efectos legales, posee consecuencias económicas que la gran mayoría preferiría evadir. Ante esta realidad, es posible que se realicen las llamadas donaciones en vida, pero ¿cómo saber cuál es la mejor opción?

Ahora bien, si donar en vida parte del patrimonio es una alternativa que permitirá ahorrar dinero en impuesto, también hay que aclarar que este tipo de decisiones supone efectos que ha sumergido a más de uno en profundos problemas familiares. Por esta razón, es importante buscar asesoramiento en los abogados Cáceres para evitarlos.

Contar con la posibilidad de reducir el impacto fiscal que implican las herencias es, definitivamente, una ventaja. Aun así, no es una decisión que se deba tomar a la ligera. En primer lugar, hay que tener en cuenta que la ley establece que en vida no se puede recibir una cantidad superior de lo que obtendría por la vía de la herencia.

En otras palabras, hay que considerar el patrimonio del donante, para que no genere una contracción con las disposiciones de los derechos del legitimario, al momento de ocurrir el fallecimiento del que lleva a cabo este procedimiento. Esto viene dado por las imposiciones escritas en el Código Civil, que habla sobre el respeto de lo que le corresponde a los herederos forzosos, es decir, el tercio del patrimonio.

En caso contrario, cuando no se cumple con estas restricciones y la donación afecta la cuota legal, se convierte en un proceso inoficioso y, por ende, se anula, sin ningún inconveniente.donaciones en vida-Abogados Cáceres

Por otro lado, es fundamental conocer la normativa vigente de la comunidad autónoma a la que aplique en lo que se refiere al tema de las herencias, ya que esa donación podría tenerse en cuenta o no para el cálculo de las legítimas.

Asimismo, tiene que otorgarse a través de una escritura pública ante un Notario, para que cobren validez frente a terceros y no sean objeto de discusión cuando el donante fallezca y haya que realizar la repartición de bienes.

Soluciones a la medida

Cada cliente presentará su propio planteamiento en relación con su intención de donar en vida. Por ejemplo, una pareja que está a punto de divorciarse y una de las partes quiere proteger sus bienes para otorgárselas a los hijos; o atravesar un problema de salud difícil y tener miedo de partir antes de lo estipulado.

En estos casos, los expertos de la justicia son los profesionales indicados para ofrecer una alternativa apropiada, según las expectativas individuales. En este sentido, buscar el asesoramiento oportuno resulta de gran importancia para aclarar cualquier duda.

Deja una respuesta